Art. 73 – Facultades policiales.
La relación entre el artículo 73 y el artículo 96 del Código Procesal Penal Federal define el alcance y los límites estrictos de la actuación de las fuerzas de seguridad frente al imputado, asegurando que su labor de investigación no vulnere la garantía contra la autoincriminación. Esta integración se manifiesta a través de los siguientes […]