Concordancias

Concordancias, Parte General - Libro IV - Medios de prueba

Art. 137 – Requisa.

La relación entre el artículo 137 y los artículos 96, 110, 148 y 175 del Código Procesal Penal Federal (CPPF) establece un protocolo riguroso para la búsqueda y aseguramiento de elementos de prueba sobre las personas, garantizando el control judicial y la validez de los actos irreproducibles. Esta explicación integrada se desarrolla a través de

Concordancias, Parte General - Libro IV - Medios de prueba

Art. 135 – Reglas sobre la prueba.

La relación entre el artículo 135 y el complejo entramado normativo citado del Código Procesal Penal Federal (CPPF) establece el sistema de gestión, control y valoración de la prueba, asegurando que la búsqueda de la verdad real sea compatible con el sistema acusatorio y el respeto a las garantías constitucionales. Esta explicación integrada se desglosa

Concordancias, Parte General - Libro IV - Medios de prueba

Art. 134 – Libertad probatoria.

La relación entre el artículo 134 y el entramado normativo del Código Procesal Penal Federal (CPPF) define un sistema de libertad probatoria reglada, donde la amplitud para demostrar hechos está estrictamente subordinada a las garantías constitucionales y a la estructura del proceso acusatorio. Esta integración se manifiesta a través de los siguientes ejes operativos: 1.

Concordancias, Parte General - Libro III - Actividad procesal

Art. 133 – Audiencia.

La relación entre los artículos 133, 130 y 132 del Código Procesal Penal Federal (CPPF) establece el cauce procedimental y la jerarquía de soluciones ante los defectos de los actos procesales, garantizando que cualquier decisión sobre su validez se tome en un marco de oralidad y contradicción. Esta integración se articula a través de los

Concordancias, Parte General - Libro III - Actividad procesal

Art. 130 – Saneamiento.

La relación entre el artículo 130 y el conjunto normativo citado configura el régimen de validez y saneamiento de los actos procesales, estableciendo un sistema donde la prioridad es la conservación del acto y la eficacia del proceso, siempre que no se vulneren garantías fundamentales del imputado. Esta explicación integrada se desarrolla a través de

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